sábado. 20.04.2024
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Plaza de San Leonardo.

El abogado Eduardo Ranz ha presentado un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León contra la resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria, por el que se desestimaba la demanda del letrado, quien apelando la Ley de Memoria Histórica, pretendía que la referencia Yagüe desapareciera del nombre de la población de San Leonardo.

El juzgado desestimaba la demanda y condenaba en costas al demandante. El magistrado Carlos Sánchez consideraba que Eduardo Ranz carece de legitimación activa, es decir, no acredita un interés legítimo que fundamente sus peticiones.

Según la sentencia, el nombre del municipio está amparado por el art. 15.2 de la Ley de Memoria Histórica ya que el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de 2016 no contenía ninguna exaltación de la sublevación militar, guerra civil o represión de la dictadura, sino que obedecía a la acción llevada a cabo por Juan Yagüe en su pueblo.

El magistrado compara el acuerdo de 2016 con los de 1940 y 1952, en que se modificó el nombre del pueblo. En aquella ocasión, sí se hacían referencias a la sublevación militar y el papel del militar en la misma, que de haberse mantenido en el acuerdo de 2016 sí habrían estado en contra de la legislación.

La resolución judicial también desestimaba la petición de Ranz para la elaboración de un catálogo de vestigios y retirada de escudos u otros objetos o menciones relacionadas con el franquismo. El juez concluye que no se ha aportado prueba de su existencia.

El abogado Eduardo Ranz presenta el recurso en el TSJ contra la resolución por el...